
La orden de registro se emite cuando existen sospechas fundadas de que en esa ubicación puedan encontrarse pruebas de una actividad ilícita, y debe ser ordenada por un juez para preservar el derecho a la intimidad de la persona.
La orden de registro puede dictarse a instancia de parte (normalmente el ministerio fiscal, la policía, la hacienda pública o el órgano inspector de la posible infracción), o de oficio, cuando es el propio juez el que está investigando un posible delito.
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